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En Transelec la seguridad laboral está integrada en todas las actividades y decisiones relacionadas a los procesos de trabajo. Ésta se obtiene a través de la elaboración y difusión de normativas claras y precisas orientadas a lograr este objetivo, así como del compromiso de todo el personal con el autocuidado y el respeto a esas normas.

Todos los trabajos de construcción, mantenimiento y operación de las instalaciones de la empresa deben atenerse a acciones y medidas de prevención que son reguladas a través de la aplicación de procedimientos que incluyen la identificación y evaluación de los riesgos asociados a cada actividad por realizar, la planificación de la misma y el control de su ejecución. Lo anterior es complementado con la entrega de capacitación y elementos de protección requeridos.

Durante el año 2007, la prevención de riesgos en Transelec se realizó de acuerdo a objetivos anuales enmarcados en la adaptación a las disposiciones de la normativa vigente desde el 18 de enero de 2007, con la publicación del Decreto Supremo N° 76, que establece Normas para la aplicación de la Ley N° 20.123 que regula el trabajo en régimen de subcontratación y el funcionamiento de las empresas de servicios transitorios.

Los indicadores de accidentabilidad corresponden al índice de Frecuencia y al índice de Gravedad, relacionados con las acciones de prevención de riesgos. En estos, se aprecia una constante disminución de la ocurrencia de accidentes en los últimos años. Igual situación se constata para el índice de Gravedad, que mide la severidad de los accidentes acontecidos en el periodo anual.